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Castelló:
tres cuartos de milenio de una cuidad.
José
Sánchez Adell, cronista oficial de la ciudad.
En
Lleida, el 6 de los idus de septiembre de 1251 (fecha que reducida al
calendario vigente actualmente equivale al día 8 del mismo mes y año) Jaume I
extendía un documento por el cual autorizaba a Ximén Pérez d’Arenós, su
lugarteniente en el reino de Valencia, a trasladar la villa de Castelló desde
su emplazamiento originario al sitio de la Plana que viese como más apropiado.
La memoria tradicional sitúa la ejecución del autorizado traslado en la
cuaresma inmediata del año siguiente. Este hecho siempre ha sido valorado por
el pueblo castellonense, en su interpretación exacta del momento auroral de su
existencia, en el nuevo asentamiento de la alquería mora de Benirabe, y en esto
reside que el recuerdo del traslado esté asociado, como es bien sabido, a la
celebración anual de una romería a la ermita de la Magdalena, que se alza
junto al castillo desde los tiempos remotos orígenes.
Doce
años antes, en 1239, hubo ciertamente un intento de fundación de una nueva
villa (en este caso la alquería de Benimahomet), mediante una carta puebla
otorgada por el primer señor feudal que tuvo Castelló, en Nunó Sanç, señor
del Rosselló. La historia tenía determinado, aún así, que el nacimiento del
nuevo Castelló tenía que venir de la mano de la corona (hoy diríamos del
Estado), lo que equivale a decir que tendría que empezar sus pasos por el
camino de las libertades y no de los condicionamientos y sometimientos feudales.
Ya
es sabido que la vida en el Castelló de los siglos medievales tuvo unos
caracteres plenamente urbanos, con un importante peso de las actividades
artesanas y comerciales por encima de la dedicación rural al cultivo de los
campos, que también cobrará un desarrollo posterior y creciente mediante el
sistema de riegos con las aguas del Millars. Como muestra del impulso real al
desarrollo económico, recordemos que el 16 de marzo de 1260 Jaume I autorizó
la construcción de un camino para unir la villa con la mar, en el punto en qué
existieron precedentes preromanos y ahora empezaba a aparecer un incipiente tránsito
marítimo precursor del futuro puerto. O también que el 9 de mayo de 1269, el
mismo monarca otorgaba permiso para celebrar una feria que tenía que empezar
ocho días antes de Sant Lluc (San Lucas), el 18 de octubre, muestra inequívoca
de activa vida mercantil. Por otra parte, un documento de 17 de febrero de 1272
autorizaba la ampliación del casco urbano, mediante el añadido de un arrabal
que suponía la aparición de las calles de d’Enmig (Enmedio) y d’Amunt
(Arriba, actualmente Calle Alloza), cosa que demuestra el favorable efecto de la
atención real sobre el crecimiento demográfico de la nueva villa. El hijo y
sucesor de Jaume I, Pere II el Gran, desde Barcelona, el 7 de febrero otorgó a
la villa de Castelló la facultad de autogobernarse mediante la concesión del
derecho a poseer sus propios órganos municipales. Bien podría aplicarse al
Castelló medieval lo que se decía en aquel tiempo que el aire de la ciudad
hace libres los hombres.
Todo
parece indicar que Jaime I otorgó a la naciente villa como un crédito de
confianza para ejercer un papel de capitanía en estas tierras septentrionales
valencianas. Venida a la Historia cuando el fenómeno urbano ya se había
manifestado con anterioridad en otros puntos de la comarca, Castelló asumió
desde el siglo XIV la sede de una gobernación, y con ella un rol de capitalidad
que no ha abandonado a lo largo de los siglos.
Pero
la historia no es una memoria inerte y muerta sino testigo vivo de un flujo de
generaciones que no cesan de sucederse y renovarse sin perder la referencia de
un pasado común. Desde aquella fecha del 8 de septiembre de 1251 hasta hoy, ha
transcurrido un solo y único discurrir histórico que ha tenido como
protagonista el pueblo de Castelló, continuamente mutable en sus individuos por
ley de vida, pero siempre el mismo en su origen común y ambiciones comunes; un
largo y lento desfile de días y años; una continua sedimentación de hombres y
mujeres de diversa procedencia pero integrados en coincidentes ilusiones; una
sucesión de cosechas (vid, caña de azúcar, seda, cáñamo, naranja, según
las coyunturas variables de la economía agrícola), de empresas comerciales y
industriales; de logros culturales y artísticos; de fervores religiosos; de
cambios políticos; de historia que fluyen sin cesar.
Una
celebración del 750 aniversario de la concesión real de Jaume I que quiere ser
fiel a su propio significado y a su transcendencia no puede quedarse en la mera
evocación arqueológica de un antiguo episodio histórico, o sólo en motivo
ocasional para celebrar unas fiestas sonadas. Exige una reflexión hacia el
pasado como experiencia y hacia el futuro como ilusión. En aquel documento de
1251 estaba implícita toda la capacidad de desarrollo que ha hecho posible
estos tres cuartos de milenio transcurridos para nuestro pueblo, con alternancia
de acontecimientos alegres y sucesos tristes, pero siempre con el amor al
progreso y la libertad por bandera.
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